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El Comité de Competición da por finalizados los partidos suspendidos en Icod y Barranco Hondo

El Comité de Competición de la Federación Tinerfeña de Fútbol ha emitido ya las resoluciones oficiales sobre los dos partidos de Primera Regional que quedaron suspendidos el pasado fin de semana por incidentes graves de público: el UD Icodense – Atlético Perdoma y el Atlético Barranco Hondo – UD Hermigua.

En ambos casos, el órgano disciplinario aplica lo dispuesto en el artículo 14.b del Reglamento Disciplinario de la Federación Canaria de Fútbol, que permite dar por finalizado un encuentro cuando concurren circunstancias que impiden su reanudación y uno de los equipos se niega a continuar pese a que existen condiciones para ello.

UD Icodense – Atlético Perdoma: 3-0 por negativa a reanudar el partido

El choque, que se disputaba en el Municipal de Icod, fue suspendido en el minuto 31 después de que un jugador del Atlético Perdoma recibiera el impacto de una botella lanzada desde la grada. Tras desalojarse la zona de público y restablecerse las condiciones para continuar, el Atlético Perdoma decidió no reanudar el encuentro, tal y como recoge en el acta arbitral.

Ante esta negativa, el Comité aplica el artículo 14.b y declara el partido finalizado con el resultado de 3-0 a favor del UD Icodense, tal y como reflejan las resoluciones publicadas.

Además, el Icodense recibe una sanción de un partido a puerta cerrada por los incidentes de público considerados de carácter muy grave.

Atlético Barranco Hondo – UD Hermigua: partido finalizado y un encuentro a puerta cerrada

El segundo encuentro suspendido fue el Atlético Barranco Hondo – UD Hermigua, detenido en el minuto 73 después de que un espectador saltara desde la grada y agrediera a un jugador del conjunto gomero. El incidente, que ya generó una fuerte condena pública, obligó a la suspensión inmediata del choque.

El Comité determina igualmente que el partido queda finalizado con el resultado que se daba en ese momento de 3-4 favorable al cuadro gomero, aplicando el mismo artículo 14.b del RDFCF.

El Atlético Barranco Hondo recibe también una sanción de un partido a puerta cerrada por incidentes de público de carácter muy grave.

El artículo 14.b del RDFCF, clave en ambas resoluciones

El reglamento disciplinario establece que el Comité de Competición puede dar por concluido un encuentro cuando:

  • Se produce una suspensión por causas extraordinarias.
  • Se restablecen las condiciones para continuar.
  • Uno de los equipos se niega a reanudar el juego, como ocurrió en el caso del Perdoma.
  • O cuando los hechos impiden la reanudación con normalidad, como en Barranco Hondo.

Este artículo permite además fijar el resultado final del partido, tal y como se ha aplicado en ambos casos.